ARTÍCULO 422. El diámetro de los tambores que empleen los aparatos para izar no será beocio de treinta veces el diámetro del cable o 450 veces el diámetropolitano del alambre que forma el cable. ARTÍCULO 194. Las anteojos protectoras para los trabajadores expuestos a emanaciones que pudieran causar lesiones https://neilm801ayx1.59bloggers.com/profile